En caso de cese de actividad:
- Acreditación del cese de la actividad: Certificado expedido por la AEAT u órgano competente de la Comunidad Autónoma sobre la base de la declaración de cese de actividad.
- Justificante del importe disponible: Declaración anual del IRPF del ejercicio anterior y, en su caso, el pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y las autoliquidaciones del IVA correspondientes al último trimestre.
- Declaración responsable indicando los ingresos netos mensuales dejados de percibir.
En caso de reducción de la facturación en, al menos, un 75% (respecto al mes anterior, semestre o año, dependiendo de su actividad):
- Acreditación de la reducción de la facturación: Copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas, del libro diario de ingresos y gastos, del libro registro de ventas e ingresos o del libro de compras y gastos. O acreditación por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
- Declaración jurada en la que se haga constar que se cumplen todos los requisitos exigidos para causar derecho a esta prestación e indicando los ingresos netos mensuales dejados de percibir.